Los recursos federales del 5 al Millar, establecidos en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos destinados a las entidades federativas, para apoyar en la operación, mantenimiento y supervisión de obras públicas. Estos fondos provienen de un porcentaje retenido a los contratistas y se otorgan a los estados con un convenio fiscal con el gobierno federal. Su uso se regula por los Lineamientos para el ejercicio, control, seguimiento, evaluación y transparencia de los recursos del cinco al millar, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2014, asegurando transparencia y eficiencia en la aplicación de estos recursos.